El despacho de abogados CLEMS ha ganado una de las primeras sentencias sobre un ERTE ETOP COVID.
No fue posible alcanzar un acuerdo durante el preceptivo periodo de consultas ante la negativa del comité de empresa. El sindicato demandante esgrimió en su escrito de demanda mala fe de la empresa. También arguyó que el ERTE, formalizado al amparo de causas productivas COVID, debía considerarse injustificado ya que era meramente preventivo, pues se amparaba exclusivamente en expectativas productivas facilitadas por el cliente, pero no en datos concretos.
Pues bien, el Juzgado de lo Social desestimó íntegramente la demanda. En cuanto a la petición de mala fe constató, tras la prueba practicada, que la empresa había acreditado su diligencia con propuestas y contrapropuestas negociadoras que mejoraban sus posiciones de partida. De la misma forma, en cuanto al fondo, el Juzgado de lo Social reconoció que sí existe causa real, y que la empresa, a la vista de las previsiones transmitidas por sus clientes, debe formular las suyas propias. No es exigible una precisión mayor, máxime cuando el cliente final no define habitualmente la carga exacta de trabajo hasta días previos a su fabricación. Si a todo esto se añade el caos que genera la pandemia y el desconocimiento de su evolución, la medida adoptada está, como concluye el Juzgado de lo Social, plenamente justificada.
Os recordamos que, los sucesivos cambios que se han ido produciendo en la regulación de los ERTEs, estan llevando a la aparición de los ERTEs por causas objetivas (causas económicas, técnicas, organizativas y de producción vinculadas a la Covid-19), más conocidos como “ERTEs ETOP”.
Desde CLEMS, estamos encantados de poder ayudarte y resolverte cualquier duda sobre las cuestiones anteriormente referidas. Podéis poneros en contacto con nuestro socio experto en laboral, Alfredo Briales de Porcioles.
Departamento Laboral de CLEMS